NOTICIAS OBSERVATORIOSALTA.COM.AR

02 diciembre 2010

DENUNCIARON A LA JUSTICIA EL VOLCADO DE LÍQUIDOS CLOACALES SIN TRATAR EN LOS RÍOS DE SALTA.

SE AMPLIO EL AMPARO EN BASE A LAS DECLARACIONES RADIALES DE LOS FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO DE URTUBEY QUE RECONOCIERON QUE AGUAS DEL NORTE, EL ENTE REGULADOR SERIAN COMPLICES DE UNA ESTAFA Y EL DELITO DE VERTIDO DE LIQUIDOS CLOACALES SIN TRATAR A LOS RIOS DE TODA LA PROVINCIA.

VIDEO INCREIBLE DEL ACCIONAR DELICTIVO E ILICITO DE LA EMPRESA CREADA POR URTUBEY AGUAS DEL NORTE



DENUNCIA DECLARACION RADIAL
AMPLIA OFRECIMIENTO DE PRUEBA
PIDE MEDIDA CAUTELAR


Sr. Juez:


CARLOS A. QUEVEDO, por derecho propio, en autos: QUEVEDO, Carlos A. vs. COSAYSA S.A. s/ AMPARO-Expte. n° 326416/10, con domicilio procesal constituido en calle Alsina n° 1150 de esta ciudad de Salta, a V.S. digo:


I.- Que vengo en este acto a denunciar que en fecha 30/11/10, en declaraciones radiales vertidas ante la FM Aries (91,1) de esta ciudad de Salta, el Ministro de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta, Francisco Lopez Sastre, expresó con total y absoluto descaro que se contamina y que recién ahora se estaría empezando a “hacer algo …”, lo que por cierto es absolutamente falso, ya que, conforme surge con la documental que se acompaña, consistente en recorte de Diario El Tribuno de fecha 30/11/10, de dónde surge que se estaría por “seleccionar consultores” para el proyecto ejecutivo “Optimización y Ampliación de la Planta Depuradora Cloacal Sur de la Ciudad de Salta-Provincia de Salta”, con lo que se reconoce la Provincia de Salta, al Gobierno de Turno no le interesa la salud y medio ambiente, y lo único que hace es dilatar la cuestión, para que dentro de 10 o 15 años recién se empiecen a tomar las medidas urgentes y necesarias, tiempo suficiente para que no haya peces en los ríos, para que las aguas sean total y absolutamente inaprovechables, etc..-


Por ello es que en este acto amplío ofrecimiento de prueba, conforme surge de lo siguiente:
a.- Informativa: 1) A la Universidad Nacional de Salta, Cátedra de Calidad de Aguas, Facultad de Ciencias Naturales, a los fines de que remita Informe Final de los cuerpos superficiales de aguas de la alta cuenca del Río Juramento (Estudio de Relevamiento y Cuantificación de las Actividades Antrópicas Contaminantes a Nivel de altas cuencas del Río Juramento de la Provincia de Salta), correspondiente a los años 2000 y 2001.-


2) A la COMPAÑÍA INDUSTRIAL CERVERCERA S.A., con domicilio en calle Adolfo Güemes n° 1251/1253 de esta ciudad de Salta, a los fines de que informe si tiene dentro de sus instalaciones planta de tratamiento de los residuos industriales generados en la producción de la empresa.-


3) A la Empresa SALTA REFRESCOS S.A. (Coca Cola), con domicilio en calle Avda. Paraguay s/n de esta ciudad de Salta, a idénticos fines expresados en el ítem anterior.-


4) Al FRIGORIFICO BERMEJO S.A., con domicilio en calle Avda. Tavella y Río San Carlos de esta ciudad de Salta, a idénticos fines a los expresados en el ítem 1).-


5) Al Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Salta, a los fines de que informe remitiendo la documental pertinente, de las acciones iniciadas con motivo de la contaminación de los Ríos de la Provincia de Salta, que efectúa la Empresa COSAYSA S.A. al volcar efluentes cloacales crudos a las corrientes de aguas interprovinciales.-


6) A la Sindicatura de la Provincia de Salta, a los fines de que informe si la Empresa COSAYSA S.A., efectuó rendición de cuentas de los dineros recibidos del Gobierno Provincial, ya sea como subsidios o dinero destinado inversiones de infraestructura, vinculados a los servicios que dice prestar la accionada.-


b.- Documental: Recorte de Diario El Tribuno de fecha 30/11/10 página 13.-


c.- Intimación a brindar información pública: 1) Se intime al Sr. PABLO BRANDAM, Subsecretario de Medio Ambiente de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, a los fines de que indique con total precisión los puntos de volcados de efluentes cloacales por parte de la demandada en los Ríos Arenales y Mojotoro, toda vez, que el nombrado expresó en declaraciones radiales tener pleno conocimiento de ello.-


2) Se intime al Sr. AROLDO TONINI, a fin de que informe sobre la constatación que efectuó en condición de Concejal por la Ciudad de Salta, en lo referente a la ausencia de tratamiento de los residuos industriales, acompañando la documentación que obre en su poder, como así también cualquier otro dato de importancia para este proceso.-


d.- Testimonial: Del Sr. FRANCISCO LOPEZ SASTRE, Ministro de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta.-


III.- MEDIDA CAUTELAR: Que a los fines de evitar riesgos para la salud de los habitantes de la ciudad de Salta, es que vengo a solicitar se disponga la traba de medida cautelar consistente en ordenar a la Empresa COSAYSA S.A., la publicidad o propaganda preventiva o difusión por diferentes medios, como así también in situ, de que las aguas de los Ríos Arenales y Mojotoro se encuentran contaminadas por el vertido de efluentes cloacales e industriales crudos, lo que genera un riesgo cierto de sufrir enfermedades de transmisión hídricas contempladas dentro de las directivas de la Organización Mundial de la Salud.-


También solicito, en virtud de lo normado por la Ley Provincial 7070, que se intime al Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Salta, al cierre inmediato de los accesos a los Ríos de mención por parte de la población de Salta, toda vez, que los riesgos en la salud de las personas son ciertos e inequívocos.-


Lo antes solicitado es de máxima urgencia, en virtud de estar prácticamente en pleno verano, y que hace que la población concurra de manera masiva a los ríos de referencia, con el ánimo de refrescarse y recrearse, siendo sumamente riesgoso que niños y ancianos estén en contacto con aguas contaminadas, siendo más que verosímil lo aquí requerido, en razón de las pruebas aportadas en este acto y las acompañadas con la demanda inicial.-


Por todo lo expuesto a V.S., solicito se ordene medida cautelar en los términos requeridos, porque significa evitar males mayores para la población, lo que acredita el peligro en la demora.-


IV.- PETITORIO: Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
a.- Tenga por ampliado ofrecimiento de prueba.-
b.- Por requerida medida cautelar.-
c.- Oportunamente se haga lugar a la medida cautelar requerida.-
d.- Con costas.-




                                                                                                                  SERA JUSTICIA.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario